La salida de Alessandro Lequio de Telecinco ha vuelto a poner sobre la mesa una cuestión cada vez más frecuente en el ecosistema mediático actual: ¿puede una cadena de televisión prescindir de uno de sus colaboradores por una polémica reactivada años después, sin condena judicial firme, amparándose únicamente en la presión social y la protección de su imagen?
Para abordar este escenario desde una perspectiva jurídica, consultamos a Javier Guerrero, abogado especializado en derecho laboral y civil y CEO del despacho Guerrero & Asociados, Abogados, quien advierte de los riesgos legales que entrañan las decisiones empresariales tomadas “en caliente”.


Responsabilidad social sí, pero con límites legales
Guerrero reconoce que las empresas de comunicación tienen hoy una responsabilidad reforzada en materia de valores, prevención y reputación. Sin embargo, insiste en que esa responsabilidad no puede ejercerse al margen del ordenamiento jurídico.
“No se puede construir una decisión laboral sobre la base de una imputación mediática. Una acusación, por grave que sea, no equivale a una condena”.
El abogado recuerda que, aunque existan resoluciones judiciales antiguas que hayan dado credibilidad al relato de una presunta víctima, eso no supone una condena penal firme. Utilizar ese contexto para justificar un despido o para legitimar públicamente la expulsión de un colaborador puede vulnerar derechos fundamentales, en especial el derecho al honor.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional ha sido constante al señalar que atribuir un delito a quien no ha sido condenado supone una intromisión ilegítima en su reputación, agravada cuando se produce en medios de gran difusión.
El personaje público no pierde sus derechos
Uno de los errores más habituales, según Guerrero, es asumir que la condición de personaje público reduce la protección jurídica del afectado.
“La fama no elimina el derecho al trabajo ni el derecho a la defensa”.
Un cese adoptado sin causa objetiva, sin procedimiento previo y sin posibilidad de contradicción puede ser calificado como despido improcedente, e incluso nulo si se acredita la vulneración de derechos fundamentales. Además, si el apartamiento genera un perjuicio profesional real, cabe valorar una reclamación por daños morales y reputacionales.
El pasado no puede ser una condena permanente
Desde el punto de vista estrictamente legal, las acusaciones del pasado que no han desembocado en una sentencia firme ni forman parte de un proceso penal activo carecen de fuerza suficiente para justificar una decisión laboral tan grave.
“La presión social o la percepción pública no sustituyen a la prueba ni al principio de presunción de inocencia”, subraya Guerrero.
Basar una medida disciplinaria en hechos no judicializados o ya archivados puede ser considerado un exceso empresarial difícilmente defendible ante un tribunal.


¿Es suficiente la imagen corporativa como argumento?
La reputación de una cadena es un interés legítimo, especialmente en el sector audiovisual. No obstante, ese argumento debe estar respaldado por hechos objetivos. El Estatuto de los Trabajadores exige que las causas de despido sean reales, actuales y acreditadas.
Justificar un despido únicamente en el clima social o en la presión externa puede abrir la puerta a una declaración de improcedencia y, en determinados casos, a la nulidad del despido.
Cómo se afrontaría una defensa jurídica en un caso mediático
De asumir la defensa del afectado, Javier Guerrero explica que la estrategia jurídica debería abordarse en tres frentes: la impugnación laboral del despido, el estudio de acciones civiles por daños reputacionales y, si procede, la vía penal por calumnias o injurias con publicidad.
Todo ello debería ir acompañado de una estrategia de comunicación medida, orientada a desmontar la desproporción de la decisión empresarial sin alimentar el conflicto mediático.
Un aviso para el sector audiovisual
Para Guerrero, este caso puede convertirse en un punto de inflexión en la forma en que las cadenas gestionan las crisis reputacionales de sus colaboradores.
“Si las decisiones empresariales siguen guiándose por el juicio mediático en lugar de por la legalidad, el riesgo judicial será cada vez mayor”, confirma el también autor del libro ‘Sé Abejorro’
El equilibrio entre responsabilidad social y seguridad jurídica no es sencillo, pero ignorarlo puede tener consecuencias mucho más costosas que una polémica pasajera.







